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Cumple con el SAT en controles volumétricos. Soluciones integrales de Endress+Hauser para medición y reporte de volúmenes.

Cumplimiento con controles volumétricos

2025 cumplimiento para usuarios finales en modo usos propios o autoconsumo

Las empresas que utilizan petrolíferos tales como: Gas LP, gas natural, diésel, gasolina, turbosina e hidrocarburos como el gas natural, para usos propios o autoconsumo están obligados a llevar controles volumétricos, al igual que sus proveedores.

Benefits

  • Mantenerse al día en su situación fiscal .

  • Evitar sanciones económicas y manejo transparente de sus energéticos.

  • Evitar eventualmente clausura del establecimiento.

  • Evitar acciones penales en casos más severos (3 a 8 años de prisión).

  • Mejorar su eficiencia operativa por control de costos en energéticos.

Si tus consumos de Gas LP o diésel son mayores o iguales 75,714 litros mensuales, ó cuentas con instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo y es superior a 5,000 Gigajoules (GJ), estas obligado a llevar controles volumétricos.

El cumplimiento se hace obligatorio a partir del 1ro de enero de 2025 para usuarios finales con usos propios o autoconsumo, con fecha límite de cumplimiento al 31 de diciembre de 2025. El primer reporte deberá generarse a más tardar el 3 de marzo de 2025.

Regla 2.8.1.6 RMF 2025 y regla 2.6.1.2 (periodicidad)

¿Qué son los controles volumétricos?

Se compone de todos los registros de volumen (corregido) de entrada, salida y existencias, asociados a las facturas o pedimentos, de hidrocarburos y petrolíferos.

Para el cumplimiento usted debe tener:

  • Equipos de medición (instrumentación)

  • Contar con un sistema de gestión de las mediciones SGM

  • Programas informáticos (para recopilar la información)

  • Verificación del cumplimiento (con una unidad de verificación acreditada)

¿Cuál es el fundamento regulatorio?

El requerimiento fiscal se encuentra estipulado en distintas disposiciones, desde el artículo 84 de la ley le hidrocarburos, artículo 28 del código fiscal de la federación (CFF), la resolución de la miscelánea fiscal y detallado técnicamente en los anexos 30, 31 y 32 de la RMF. Esta obligación no se limita al sector de Petróleo y Gas, sino que también abarca a los usuarios finales con o sin permiso CRE, en el modo autoconsumo o usos propios. Puedes utilizar como referencia los anexos de la Resolución 811 y 776 CRE para conocer los errores máximos permitidos con los que deben cumplir tus equipos de medición.

¿Cómo debo cumplir y cómo me ayuda Endress+Hauser?

  • Identifique si sus consumos lo hacen contribuyente

  • Identifique que su proveedor cumple con controles volumétricos

  • Adquiera sus equipos de medición a la entrada (automático de nivel y/o flujo), para inventario (automático de nivel), a la salida (Flujo, temperatura y densidad)

  • Implementación de un SGM basado en ISO 10012

  • Implementación de programas informáticos para recopilar y procesar la información 

  • Proceso de verificación con una Uindad de Verificación acreditada

  • Obtener su certificado de cumplimiento sobre la correcta operación en controles volumétricos por parte del SAT

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